Lo que paga una comunidad por su calefacción central depende de cuatro cosas, y solo dos están al alcance de una junta de vecinos en una sola temporada. Las cuatro son: cuántas horas está encendida la instalación, cómo se regula y se reparte el consumo entre viviendas, en qué estado está la sala de calderas y qué tarifa de gas tiene contratada la comunidad. Este artículo va una por una y dice, en cada caso, cuánto margen real hay.
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ToggleQué es la calefacción central y en qué se diferencia de la individual
La calefacción central, también llamada calefacción centralizada o comunitaria, produce el calor en un único punto para todo el edificio: una sala de calderas desde la que una red de tuberías lleva el agua caliente a los radiadores o al suelo radiante de cada vivienda. La instalación es de la comunidad de propietarios, que contrata el combustible y el mantenimiento y reparte el gasto entre los vecinos. En la calefacción individual, en cambio, cada vivienda tiene su propia caldera y su propio contrato, y cada vecino decide cuándo la enciende y paga solo lo que consume. En la central, las decisiones que más pesan en la factura (horario, reparto, mantenimiento y tarifa) se toman en la junta, y por eso lo que sigue está pensado para una comunidad.
Calefacción central: los cuatro factores, y cuál se mueve antes
Conviene ordenarlos por esfuerzo y por plazo, porque una junta no puede acometerlo todo a la vez y hay decisiones que llegan tarde si se toman en enero:
| Factor | Qué decide | Quién lo decide | Plazo para notarlo |
|---|---|---|---|
| Horas de encendido y consigna | El consumo bruto de la temporada | La junta, con el mantenedor | Inmediato |
| Contadores individuales y válvulas | Cómo se reparte y cómo se comporta cada vecino | La junta (y la ley obliga en muchos casos) | Una temporada completa |
| Estado de la sala de calderas | El rendimiento con el que se quema el gas | Titular de la instalación y mantenedora | Meses, con inversión |
| Tarifa de gas contratada | El precio de cada kilovatio hora consumido | La junta, con la comercializadora | La siguiente factura |
El orden importa: la tarifa es el único de los cuatro que se puede cambiar en cuestión de días y que se nota en la factura siguiente. Los otros tres son estructurales y dan más ahorro, pero piden acuerdo y tiempo.
1. Las horas de encendido y la temperatura de consigna
Es el factor más directo y el que más veces se decide por costumbre. Muchas comunidades encienden con un horario heredado de hace quince años, cuando el edificio tenía otro aislamiento, otras ventanas y otros ocupantes.
Dos apuntes que suelen sorprender en una junta. El primero: en viviendas no hay ninguna temperatura de calefacción obligatoria por normativa. El límite de 21 grados del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios se aplica a edificios administrativos, comerciales y de pública concurrencia, no al uso residencial. El segundo: la limitación temporal de 19 grados que se aprobó en 2022 decayó el 1 de noviembre de 2023 y no ha sido sustituida por otra, así que citarla hoy como obligación vigente es un error que sigue circulando.
Lo que sí hay es una recomendación del IDAE: entre 19 y 21 grados de día es suficiente para la mayoría de las personas, y de noche basta con 15 a 17 grados en los dormitorios. El mismo organismo estima que cada grado de más incrementa el consumo en torno a un 7 por ciento. Sobre una factura de calefacción de una comunidad, bajar la consigna un solo grado y ajustar el horario de encendido es la medida de coste cero con más recorrido que existe. El detalle está en el artículo sobre la temperatura de la calefacción.
2. La regulación: contadores individuales, válvulas y reparto
Este es el factor que más cambia el comportamiento, porque mientras el gasto se reparta por coeficiente de participación nadie tiene incentivo para cerrar un radiador. Y, además, en muchas comunidades ya no es opcional.
Qué obliga exactamente el RD 736/2020
El Real Decreto 736/2020 obliga a los titulares de instalaciones térmicas centralizadas que abastecen a varios consumidores a instalar contadores individuales de energía térmica, siempre que sea técnicamente viable y económicamente rentable. Cuando el contador no es viable técnicamente, la alternativa en calefacción son los repartidores de costes. Y exige además que cada usuario disponga de medios para controlar su propio consumo, que la norma admite tanto manuales como automáticos. Conviene ser precisos aquí: el propio IDAE aclara que el real decreto no obliga a instalar válvulas termostáticas, aunque recomienda expresamente su uso porque con ellas se consiguen los ahorros más altos. Son la pieza que hace que la contabilización sirva de algo, pero no son una imposición legal. Qué son, cómo funcionan y cuándo compensan está explicado en el artículo sobre si merece la pena poner válvulas termostáticas en los radiadores.
- Están exentas por falta de rentabilidad las instalaciones de calefacción situadas en las zonas climáticas α, A y B del Código Técnico de la Edificación. Buena parte del litoral mediterráneo y del sur peninsular queda fuera por esta vía.
- También hay exclusiones por imposibilidad técnica, y conviene distinguirlas: el monotubo en serie con más de un usuario en el mismo anillo queda fuera de la obligación de contador; los ventiloconvectores, los aerotermos y el monotubo en columnas quedan fuera de la de repartidores; y, en general, cualquier sistema que no permita individualizar consumo y gestión usuario a usuario.
- El criterio de rentabilidad es concreto: si el estudio arroja un retorno de la inversión igual o inferior a cuatro años, hay que instalar.
Los plazos ya están todos vencidos. La disposición transitoria dio como última fecha para pedir el presupuesto el 1 de febrero de 2022, en la zona climática C con menos de veinte viviendas, y la norma concede quince meses más para instalar, de modo que el último vencimiento fue el 1 de mayo de 2023. Es decir, a día de hoy la comunidad obligada que no lo hizo está en situación de incumplimiento, no de plazo pendiente.
«Si el número de años de retorno de la inversión es menor o igual a cuatro años se deberá proceder a la instalación de los sistemas de contabilización individualizada»
Real Decreto 736/2020, anexo III, apartado 2.4
La fecha que sí sigue viva: 1 de enero de 2027
Hay un hito futuro que afecta incluso a comunidades que ya cumplieron: los sistemas de contabilización instalados antes de la entrada en vigor de la norma deben permitir la lectura remota, o ser sustituidos por otros que sí lo permitan, antes del 1 de enero de 2027. Es la comprobación que toca hacer ya, porque quedan poco más de tres meses y las instalaciones no se planifican en dos semanas. Una comunidad que descubra en noviembre que sus repartidores no admiten lectura remota difícilmente los tendrá sustituidos antes del 1 de enero.
Cómo se reparte el gasto cuando hay contadores
El consumo medido determina el coste variable de cada vivienda, y se completa con un coste fijo que cubre el mantenimiento y la energía destinada a calentar zonas comunes. El peso de cada parte lo decide la propia comunidad, aunque la norma señala que el coste variable debería situarse entre el 60 y el 75 por ciento del total. Dos reglas prácticas que evitan conflictos en la junta:
- Al vecino que no instale contador se le aplica, como mínimo, la mayor ratio de consumo por metro cuadrado de las calculadas en las liquidaciones. No instalarlo no sale gratis.
- La información y la liquidación deben facilitarse al menos cada dos meses, y mensualmente cuando hay lectura remota. La facturación sobre consumo real, al menos una vez al año.
Cuánto se ahorra de verdad
Aquí conviene ser honesto, porque circulan cifras infladas. El IDAE analizó edificios con sistemas de contabilización instalados y al menos dos años completos de funcionamiento, y sitúa los ahorros medios entre el 25 y el 40 por ciento en las zonas climáticas C, D y E, pero solo en edificios que además incorporan control termostático en los emisores. El propio organismo advierte de que dentro de un mismo edificio los resultados van desde ese 40 por ciento hasta valores negativos, y que la variable que más pesa es el cambio de hábitos de los vecinos. La norma, por su parte, no fija ningún porcentaje mínimo de ahorro.
Traducción para una junta: la contabilización individual no ahorra por sí sola. Ahorra cuando va acompañada de válvulas termostáticas y de que cada vecino vea su consumo.
Y hay un motivo adicional para no dejarlo correr: incumplir la obligación de instalar contadores individuales cuando es técnica y económicamente viable está tipificado como infracción grave, con multas que van de 1.001 a 10.000 euros y que pueden subir hasta 30.000 si de la infracción se deriva perjuicio a terceros o lucro para el infractor.
«Estos ahorros pueden variar incluso de valores del 40% a valores negativos dentro de un mismo edificio»
IDAE, Guía Técnica sobre contabilización de consumos individuales de calefacción
3. El estado de la sala de calderas
Una instalación con la caldera sucia, la regulación descalibrada o las tuberías sin aislar quema más gas para dar el mismo calor. Este factor no se ve en la factura como una línea concreta: se ve en que el consumo no baja aunque se acorten las horas. Y no todo está en la sala: un radiador con aire calienta mal, así que al arrancar la temporada conviene saber cómo y cuándo purgar los radiadores. En una calefacción central, eso sí, el circuito es común y purgar le quita presión, así que lo práctico es hacerlo de forma coordinada con el mantenedor o con la administración de la finca, no por libre en cada vivienda.
Lo que sí está reglado es el mantenimiento. Por encima de 70 kW de potencia térmica nominal, el titular de la instalación está obligado a suscribir un contrato de mantenimiento con una empresa mantenedora habilitada, con un programa de operaciones periódicas que fija el propio reglamento, y existe además una inspección periódica de eficiencia energética cada cuatro años, salvo las exenciones que el propio reglamento prevé para instalaciones con contrato de rendimiento energético o con sistemas de automatización y control. Todo eso deja papeles que hay que conservar. A eso se suma la inspección periódica del gas de la instalación común, cada cinco años, que depende de otro reglamento y la hace otra figura.
Conviene además comprobar que el plan de mantenimiento de la caldera está firmado y al día. Si la instalación es antigua, el otro camino es la sustitución del generador. Es la decisión más cara de las cuatro y la que exige un estudio previo serio, no una estimación de comercial.
4. La tarifa de gas que tiene contratada la comunidad
Es el único de los cuatro factores que no depende de la instalación ni del comportamiento de los vecinos, sino de un contrato. Y es, casi siempre, el que lleva más años sin revisarse: muchas comunidades siguen con la comercializadora con la que se dio de alta la caldera, a veces con una tarifa firmada en un contexto de precios completamente distinto.
Tres comprobaciones concretas sobre la última factura de gas de la comunidad:
- El grupo de peaje contratado. Depende del consumo anual del suministro y de la presión a la que se conecta, y en una comunidad ese consumo puede haber cambiado mucho tras una rehabilitación, un cambio de ventanas o la instalación de contadores individuales. Un grupo mal asignado se paga todos los meses.
- La estructura de precio. Fijo o indexado no es una cuestión de cuál es más barato, sino de cuánta incertidumbre puede asumir una comunidad que aprueba su presupuesto una vez al año. Para una junta, la previsibilidad suele valer más que un par de céntimos.
- El caudal contratado y los conceptos fijos. El término fijo se paga esté la caldera encendida o apagada, así que también se paga en julio.
Cambiar de comercializadora de gas no interrumpe el suministro, no exige tocar la instalación ni el contador y el cambio en sí es gratuito por ley. Lo único que conviene mirar antes es si el contrato en vigor tiene cláusula de permanencia o de preaviso, porque ahí sí puede haber penalización. Y si la junta quiere saber qué hay en el mercado antes de pedir ofertas, la comparativa de comercializadoras de gas ordena las opciones con criterios que se pueden comprobar. En Eleia analizamos la factura de la comunidad sin cargo, sea o no cliente, y en la página de tarifa de gas para empresas están las tarifas de acceso y cómo se contrata.
Por dónde empezar si eres presidente o administrador
Un orden razonable para esta temporada, de menos a más esfuerzo:
- Revisar el horario de encendido y la consigna con la mantenedora. Coste cero, efecto inmediato.
- Pedir la última factura de gas y comprobar grupo de peaje, término fijo y precio. Es la revisión que se puede tener hecha en una semana.
- Comprobar si la comunidad está obligada por el RD 736/2020 y, si ya tiene contadores, si permiten lectura remota antes del 1 de enero de 2027.
- Verificar que el contrato de mantenimiento y las inspecciones están al día, y que los papeles están donde tienen que estar.
Los cuatro puntos caben en un solo punto del orden del día. Y los dos primeros se pueden llevar ya resueltos a la junta, que es la forma más rápida de que la calefacción central deje de ser la partida que nadie controla.
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Preguntas frecuentes
Fuentes: Real Decreto 736/2020, de 4 de agosto, sobre contabilización de consumos individuales en instalaciones térmicas; RITE (Real Decreto 1027/2007) para los límites de temperatura y las obligaciones de mantenimiento; Guía Técnica del IDAE sobre contabilización de consumos individuales de calefacción y recomendaciones de temperatura del IDAE; Ley 18/2014 para el régimen sancionador. La estimación del 7 por ciento por grado procede del IDAE y es orientativa, no una medición. La obligación concreta de cada comunidad depende de su zona climática y del estudio de viabilidad de su instalación.
¿Es obligatorio poner contadores individuales en la calefacción central?
Sí, cuando sea técnicamente viable y económicamente rentable, según el Real Decreto 736/2020. Se considera rentable si el retorno de la inversión es igual o inferior a cuatro años. Quedan exentas las instalaciones térmicas de calefacción situadas en las zonas climáticas α, A y B del Código Técnico, y las que no permiten individualizar el consumo, como los sistemas monotubo en serie con varios usuarios en el anillo. Cuando el contador no es viable, la alternativa en calefacción son los repartidores de costes.
¿Cuánto se ahorra con los contadores individuales de calefacción?
El IDAE sitúa el ahorro medio entre el 25 y el 40 por ciento en edificios de las zonas climáticas C, D y E, con al menos dos años completos de funcionamiento y que, además de la contabilización, incorporan control termostático en los emisores. El propio IDAE advierte de que dentro de un mismo edificio los resultados varían mucho, incluso con casos de ahorro negativo, y que el factor decisivo es el cambio de hábitos. La norma no fija ningún ahorro mínimo garantizado.
¿Cómo se reparten los gastos de calefacción central entre vecinos?
El consumo medido por el contador determina el coste variable de cada vivienda, y se le suma un coste fijo que cubre el mantenimiento y la energía destinada a las zonas comunes. El peso de cada parte lo decide la comunidad, si bien el Real Decreto 736/2020 indica que el coste variable debería situarse entre el 60 y el 75 por ciento del total. Al vecino que no instale contador se le aplica como mínimo la mayor ratio de consumo por metro cuadrado registrada.
¿Qué pasa si la comunidad no instala los contadores?
Los plazos de instalación vencieron todos, el último el 1 de mayo de 2023, así que la comunidad obligada que no lo hizo está incumpliendo. Incumplir la obligación de instalar contadores individuales o soluciones alternativas cuando es viable está tipificado como infracción grave, con multa de 1.001 a 10.000 euros, que puede llegar a 30.000 si hay perjuicio a terceros o lucro para el infractor.
¿A qué temperatura hay que poner la calefacción central de una comunidad?
En viviendas no hay ninguna temperatura obligatoria: el límite de 21 grados del RITE se aplica a edificios administrativos, comerciales y de pública concurrencia, no al uso residencial. Y la limitación de 19 grados aprobada en 2022 decayó el 1 de noviembre de 2023. El IDAE recomienda entre 19 y 21 grados de día y entre 15 y 17 de noche en dormitorios, y estima que cada grado adicional incrementa el consumo en torno a un 7 por ciento.
¿Puede una comunidad cambiar de compañía de gas sin cortar la calefacción?
Sí. El cambio de comercializadora se hace sobre un suministro que ya está activo: no hay interrupción, no viene ningún técnico, no se toca el contador y el cambio es gratuito por ley. Otra cosa es el contrato que se deja atrás: conviene comprobar si tiene permanencia o preaviso antes de iniciar el trámite. Lo que sí requiere una comunidad es el acuerdo correspondiente y la documentación a nombre de la comunidad, con su CIF y su representante.
¿Qué diferencia hay entre calefacción central y calefacción centralizada?
Ninguna: son dos nombres del mismo sistema, el que calienta todo el edificio desde una sala de calderas común y reparte el gasto entre los vecinos. También se le llama calefacción comunitaria. Lo contrario es la calefacción individual, con una caldera por vivienda.
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